Universidad del Sur
Autor: Cecilio Miguel Alamilla Acosta
15 de mayo de 2014
Título
Calidad Educativa en México un tema sin definir
Resumen
La importancia de asumir el mejoramiento de la calidad de la
educación como una prioridad en el desarrollo de la economía del país es un
tema que ha surgido en los foros internacionales y regionales de los gobiernos de todos los países, con
independencia de sus particulares desarrollos económicos.
En el marco legal del Estado Mexicano , esta situación se ha visto reflejada últimamente en los
acontecimiento a finales del 2013 especialmente en la ampliación de los márgenes
de cobertura para la educación básica, en la modificación de sus artículo
tercero de la constitución, Ley General de Educación y creación de aparatos
gubernamentales y leyes secundarias que propicien la universalización de la
enseñanza y la contextualización de la educación al desarrollo de aquellos
conocimientos, habilidades, capacidades y actitudes estimadas necesarias para
la inclusión exitosa de los estudiantes a esta sociedad en pos de la calidad
educativa.
Sin embargo un análisis a la estas reformas hacen notar que
aún existe mucha ambigüedad aun, y aquí un pequeño análisis de estas reformas
nos proporcionará quizá una visión real de lo que el gobierno está planteando
para un ya deteriorado sector educativo.
Palabras Clave
Educación, Calidad, Ley General de Educación, Constitución
Política de México, Instituto Nacional de Evaluación, Reforma Educativa.
En el tema de crecimiento de un país en repetidas
ocasiones se ha hecho notable que, para poder competir comercialmente, acentuando
en la palabra comercial, es necesario ofrecer una “educación de calidad”,
concepto que se ha puesto en boca de todo el sector educativo y que la misma
reforma educativa ha contemplado al modificar así el artículo tercero
constitucional y leyes secundarias como la Ley General de Educación y el
desarme de un de los sindicatos más fuertes de México como es el Sindicato de
Maestros bajo el argumento del que ha perpetuado a través de los años como
primacía, la defensa de sus prácticas colectivas e intereses en deterioro de la
calidad educativa.
Es una realidad que la mayoría del gasto en educación se dirige al
pago de salarios; es decir, cerca del 90 por ciento del gasto en el sector educativo
esta destinad a la nómina, una de las tasas más altas, sino la más alta, dentro
de los países de la OCDE, mientras que los recursos para construcción y
mejoramiento de escuelas, que deberían ser prioritarios, son de los más bajos
dentro del sistema, provocando un bajo desarrollo educativo y muy poca mejora
continua. Por tanto la reforma educativa, se convirtió más bien en una reforma
administrativa y laboral amparada con la bandera de calidad educativa y
evaluación, proporcionándole una visión más administrativa y no educativa, sin
embargo eso no quiere decir que esta sea mala.
Pero ¿Qué es la calidad educativa?, como saber
hacia dónde llevan las acciones anteriormente planteadas, ¿Existe en la ley una
definición concreta que sustente estas acciones?.
Después de un análisis de la reforma a la Ley General de Educación, es
importante señalar que si mencionan en diferentes partes del documento a la
“calidad educativa” pero en ninguno de ellos se menciona algún concepto
concreto que puntualice lo que significa o especifique que es la calidad
educativa, en su art. 8vo., inciso IV establece.- Será de calidad, entendiéndose por ésta
la congruencia entre los objetivos, resultados y procesos del sistema
educativo, conforme a las dimensiones de eficacia, eficiencia, pertinencia y
equidad; en en la
Ley del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación, INEE en su
artículo 5 la define como la cualidad de
un sistema educativo, que integra las dimensiones de relevancia, pertinencia,
equidad, eficiencia, impacto y suficiencia, y en el ya reformado Artículo Tercero
fracción II la conceptualiza como mejoramiento constante y el máximo logro
académico de los educandos. Como se puede apreciar la calidad es un
concepto ambiguo, sin definición concreta en la ley, y como concepto ambiguo
existirán muchos huecos legales que pudieran luego no ayudar a llevar el
objetivo de la mejora de la educación. Sin embargo esto no es nada extraño pues
autores de la calidad como Reeves y Bednar (1994) analizaron que el concepto de calidad no tiene una definición universal y global de
la misma.
Como concepto
ambiguo, hace demeritar a la evaluación puesto que es muy difícil evaluar algo que no se
precisa. Y el INEE (Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación), entre
las 40 atribuciones que le otorga la ley del INEE en sus artículos 27 y 28 , no
hay una que sola que lo encargue de evaluar llámese escuelas o autoridades
incluso a los mismos maestros y estudiantes, sólo a grupos regionales y a
discapacitados. Sus atribuciones son otras que son las de dar lineamientos y directrices.
Esto nos hace
pensar que, al final el mismo gobierno será juez y parte de esta evaluación,
pero no todo es negativo, las reformas ahora aplicadas más allá de dejar una
incertidumbre de los procesos que serán aplicados en la evaluación a las y los
maestros, han derivado en acciones que ha conducido a una mejor preparación de
los mismos, promoverá la competencia y por ahora ha generado cierta confianza
en los procesos de selección y oposición de plazas, la misma secretarías
estatales han tratado de impulsar esta preparación, han visto sus debilidades administrativas
y académicas, y tratado de poner orden en su estructura organizacional,
aclarando procesos y sustituyendo puestos estratégicos de decisión que antes
estaban a manos en su mayoría por docentes, ahora por personal que tendrán
alguna experiencia o especialidad en la administración pública. Entonces la calidad
ahora ha estado desde un principio en el proceso y no en la ley.
Conclusiones
Las
diferentes adecuaciones que hay en la carta magna y así como las leyes
secundarias, ciertamente son ambiguas y quizá pareciera desalentadora o pensada
de manera improvisada, puesto hay una visión de calidad educativa, lejos de
corrientes ideológicas románticas, meramente con perfil económico, como
cualquier país neoliberal y perteneciente a la OCDE utilizar palabras
progresistas como reforma y calidad.
Esto como consecuencia
ha generado un choque de ideologías entre docentes y gobierno, son dos temas e
idiomas diferentes los que se hablan, más allá de perder los famosos beneficios
sindicales. Entre aquellas(os) maestros
que buscan un cambio, su formación pedagógica no conjuga con esta
reforma laboral administrativa donde los proponentes tienen la suya en aras de
la economía, y sobre todo por un tema que sería un interesante punto de
análisis que es la misma evaluación, a la que le extrañamente le temen y que
irónicamente aplican en su labor diaria.
La ambigüedad
planteada anteriormente, hace suponer que no es “sin querer queriendo” como
diría un personaje muy famoso interpretado por Roberto Gómez Bolaños, si no que
la principal razón de esto es quizá, que para poder modificar prácticas y
establecer nuevos criterios de selección del principal actor de cambio hacia
una calidad educativa, los maestros. Pues entre el estira y encoje de las negociaciones no podían ponerse rígidos
con leyes tajantes y duras que no dejaran ese espacio para consensar, mercadear
y corregir, de esta manera se puede dar espacio a aclaraciones para calmar
algún tipo de reclamo por la parte docente y tomar acciones necesarias para
procurar la calidad educativa.
Desde el
punto de vista de este humilde aspirante a doctor sería necesario más adelante
definir en algún reglamento de Ley que es calidad educativa, tal como la define
J. Mortimore (1991) "La escuela de calidad es la que
promueve el progreso de sus estudiantes en una amplia gama de logros intelectuales,
sociales, morales y emocionales, teniendo en cuenta su nivel socioeconómico, su
medio familiar y su aprendizaje previo. Un sistema escolar eficaz es el que
maximiza la capacidad de las escuelas para alcanzar esos resultados." y no
esta visión de empresarial de calidad que se tiene ahora.
Referencias
Artículo
Tercero Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos modificado en
2013
Ley General
de Educación 1993 modificada en 2013
Ley del
Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación 2013.
Mortimore, J
(1991). The use of performence indicators.París: OCDE.